miércoles, 30 de junio de 2010

Feria Judicial de Invierno

Feria Judicial de Invierno - Computo de Plazos Procedimentales
Mediante la Resolución General N° 2857 y considerando la feria judicial de invierno, se establece que en el ámbito de esta Administración Federal no se computarán, respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles administrativos comprendidos entre el 12 de Julio y el 23 de Julio, ambas fechas inclusive.
Tenga en cuenta que:

Los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante dicho período comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del mismo

Lo indicado precedentemente no obsta al ejercicio de las facultades de contralor de este organismo durante el mencionado período.

Normativa aplicable: RG N° 2857

Estudio Diéguez

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